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Economistas y Administradores Concursales

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Los valores fundamentales del
despacho

369 Abogados, Economistas y Administradores Concursales

«Todos los profesionales que necesitas en un solo despacho» – Abogados, Economistas, Peritos Forenses, Administradores Concursales y Expertos en Reestructuración de empresas.

Comprensión de tus preocupaciones y soluciones adaptadas a tu situación específica.

Dilatada experiencia

Derecho económico mercantil y civil

Confianza

Relación sólida y duradera con nuestros clientes

Transparencia

Comunicación clara en todo el proceso

Confidencialidad

Protección absoluta de tu información

Resultados exitosos

Historial probado de casos ganados

Agilidad

Respuesta rápida y eficiente

Cómo te ayudamos

Nuestro equipo conjunto de profesionales Abogados y Economistas, te podemos ayudar a través del R.D.Leg. 1/2020 – Texto Refundido de la Ley Concursal – y la «Ley 25/2015 de mecanismos de segunda oportunidad y reducción de cargas financieras.»

Darte una segunda oportunidad exonerándote de las deudas para que puedas comenzar de cero en el caso de cualquier tipo de persona física, empresarios autónomos y no empresarios.

Ayudarte a ordenador tus pagos según tus posibilidades dotándote de la tranquilidad financiera que has perdido.

Ofrecerte las soluciones financieras legales para que puedas acometer el pago del préstamo de tu vivienda hipotecada a través de la protección de los deudores hipotecarios que ofrece la legislación.

Exonerarte de responsabilidades financieras como administrador de sociedades o mercantiles y civiles con deudas impagadas.

Servicios adicionales del despacho

Además, dentro del Despacho realizamos:

Valoraciones económicos y peritaciones

Para todo tipo de procedimientos judiciales.

Procedimientos judiciales

Civiles, mercantiles y penales de índole económica, así como asesoramiento individualizado en todo tipo de mediaciones y acuerdos, incluyendo la formalización de contratos.

Planes de pagos y reestructuraciones

Reestructuraciones globales de tu endeudamiento, manteniendo intactos tus activos más preciados como la vivienda habitual y/o herramientas y activos de trabajo.

Administraciones concursales

Administraciones concursales y judiciales de todo tipo de patrimonios mobiliarios e inmobiliarios.

Primera consulta completamenta gratuita

Preguntas más habituales

Resolvemos las dudas más comunes sobre nuestros servicios legales

  • Analizaremos conjuntamente tu situación financiera.
  • Instaremos a mecanismos extrajudiciales de mediación y acuerdos con los acreedores.
  • Negociaremos por ti las deudas.
  • Solicitaremos al juzgado mercantil según el caso, la paralización de las deudas a través del concurso de acreedores.
  • Te redactaremos el plan de pagos adecuado a lo que puedas pagar así como un plan de liquidación de activos si fuere el caso.
  • Mantendremos en la medida de lo posible tu vivienda habitual a salvo.
  • Te podemos solicitar cumpliendo con los requisitos legales, la exoneración y liberación de tus deudas para siempre.
  • Además haremos todas las valoraciones y peritaciones de tus activos y te ayudamos a venderlos y liquidar si fuere el caso.
  • En principio se pararán los pagos acto seguido obtengas el auto judicial de estar en concurso de acreedores.
  • No permitirás que tus acreedores puedan instar a la subasta de tus bienes más preciados como la vivienda habitual de tu familia.
  • Se parara el cuenta kilómetros de intereses financieros que se dejarán de devengar.
  • Podrás obtener una quita de parte de la deuda si se negocia con acreedores así como disminuir el importe mensual de tus pagos.
  • Al final acreditando una buena fe, podrás inclusive exonerarte y liberarte de una gran parte de tus deudas financieras.

El TRLC, permite aún sin liquidar tus activos ni vender tu vivienda habitual, conforme al cumplimiento de un plan de pagos adecuado a tus ingresos, exonerarte de todas las deudas conforme a la Ley y con los requisitos exigidos. Básicamente –entre otras cuestiones-, es la buena fe del deudor acreditable y no haber sido condenado en los diez años antes por delitos contra el patrimonio, orden
socioeconómico, falsedad documental etc

El TRLC, permite exonerarte del resto de deudas financieras con las limitaciones de los créditos de naturaleza pública, disminuyendo el importe de la amortización del préstamo en función del valor de la tasación y o garantía del préstamo hipotecario.

A través de un plan de pagos (que no implica liquidar tus activos), la ley permite que adecúes el importe a pagar de tus deudas, en función de tus ingresos reales, de forma y manera que si cumples con las obligaciones del plan de pagos en tres o cinco años según el caso, podrás liberarte de las deudas no abonadas.

Depende de cada tipo de procedimiento, por ejemplo para el caso de que no tengas nada a tu nombre, se puede instar el concurso sin masa y el plazo en función de los tiempos judiciales no debería ser superior a diez meses.

La resolución judicial que te conceda la exoneración de deudas, obliga además de cancelar las mismas, la retirada de tu DNI de los ficheros de morosidad, es una verdadera segunda oportunidad.

Nuestro equipo de profesionales valorará en función de los bienes y deudas conjuntas, la presentación de dos concursos de acreedores independientes de cada cónyuge, sin perjuicio de la liquidación de sociedad de gananciales cuando se precise.

En principio deberás abonar el importe “minorado” del préstamo hipotecario, seguir empadronado en la misma como vivienda habitual y según sea el caso el estricto cumplimientos del plan de pagos de las deudas exonerables.

En principio hay un procedimiento especial de microempresas, para autónomos o empresas con volumen de negocio inferior a 700.000 € y haber empleado durante el año anterior una media de menos de 10 trabajadores. De igual manera mantendrás indemne y a salvo tus bienes, herramientas y utensilios de trabajo, pudiéndote acoger a una liquidación o a un plan de pagos.

En principio la finalidad del concurso de acreedores es paralizar temporalmente los pagos, embargos y ejecuciones judiciales, para proteger los activos de la empresa y que ésta pueda seguir generando riqueza y recuperarse en el tiempo, en definitiva
asegurar la viabilidad de la empresa a futuro y no tener que cerrar y liquidar el negocio. Para ello existen mecanismos legales que van desde los convenios extrajudiciales, convenios intra-concurso con acreedores -subsumiendo quitas y esperas-, y procedimientos de liquidación parcial y ventas de unidades de negocio.

La empresa es una persona jurídica independiente que tiene unas deudas que no ha podido pagar, la legislación civil permite derivar las deudas al administrador societario, sólo a través del concurso de acreedores, demostrando la causa fortuita, el administrador
societario NO CARGARÁ con las deudas de la empresa. Es por ello que el concurso de acreedores en sociedades, además de ser un mecanismo de salvaguarda de la viabilidad de la empresa, también es una garantía para que los administradores no se vean compelidos judicialmente a hacer frente a las deudas sociales con sus patrimonios propios.

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